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El jefe de Estado, Nicolás Maduro, este jueves anunció un incremento de 15 a 20 salarios mínimos, lo que equivale a Bs. 192.980 el ingreso máximo que debe tener una familia para poder aspirar a un crédito por medio del Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda (Faov).

 

Asimismo, el Presidente indicó que seguirá «protegiendo a la clase obrera y trabajadora», ya que de acuerdo a lo señalado, el beneficio será para la familia trabajadora venezolana. «Aquí voy a incrementar la base de protección del 0-800 para la clase media, aprobado, ejecútese».

 

Ahora bien las instituciones bancarias brindan créditos hipotecarios con el objetivo de obtener la vivienda principal familiar, por medio de recursos particulares.

 

No obstante, aun cuando el monto máximo de préstamo se modifica de acuerdo al ente financiero, las exigencias y situaciones son iguales ya que fueron determinadas por el Ministerio de Vivienda y Hábitat en la Gaceta Oficial N° 39.763 anunciada el 22 de septiembre de 2011 y las cuales aún se mantienen.

 

Entre las normas, los requisitos y la documentación para la autorización de préstamos para adquirir una vivienda principal se mencionan:

 

-Son direccionados a personas naturales nacidas o que habiten en el territorio nacional.

 

-El ingreso mensual del conjunto familiar debe corresponder hasta 20 sueldos mínimos.

 

-El interesado y los cosolicitantes (máximo tres) deben ser aportantes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (Faov) o al Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (Favv) y encontrarse solventes con las últimas 12 cotizaciones, perennes o no.

 

-El monto de préstamo cambia de acuerdo al organismo crediticio. Alcanza hasta los Bs. 4.200.000, por ejemplo, en el caso del Banco Mercantil. 

 

-El monto del crédito se instituye según el ingreso general familiar mensual, declarado ante el Faov/Favv, y la suficiencia de desembolso del aspirante o grupo familiar.

 

-El porcentaje mensual máximo para la cancelación del préstamo no puede despuntar el treinta y cinco por ciento (35%) ni podrá ser mínimo del diez por ciento (10%) del ingreso integral familiar mensual.

 

-Comisión flat de 0,5% computada referente al  monto del crédito.

 

-El término de cancelación es 30 años.

 

(LaIguana.TV)