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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)  declaró la constitucionalidad del decreto N° 2.371, mediante el cual el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, prorroga por sesenta días el estado de excepción y de emergencia económica en todo el territorio nacional.

 

El fallo deberá ser acatado y ejecutado por todo el Poder Público y la colectividad, conforme a sus previsiones y al resto del orden constitucional y jurídico en general, para alcanzar cabalmente sus cometidos en defensa de la ciudadanía, indica el máximo tribunal en una nota de prensa.

 

«La declaratoria de prórroga del estado de excepción, obedece a la meritoria necesidad de proteger al pueblo venezolano y a las instituciones, expresión directa del poder público, que han sido objeto de amenazas internas y externas, y de acciones tendientes a desestabilizar la economía y el orden social del país», indica el TSJ en la nota, al tiempo que señala que con esta medida se busca el restablecimiento de las actividades económicas en el ámbito nacional, y resultando proporcional, y el desarrollo integral del derecho constitucional a la protección económica, social y de seguridad de la nación.

 

 

(AVN)