La Corte Penal Internacional (CPI) rechazó la impugnación presentada por el Gobierno venezolano a la investigación iniciada por la Fiscalía sobre supuestas violaciones  a los derechos humanos. 
 
“La Sala rechazó que el artículo 21 (3) del Estatuto pudiera servir como base para el alivio buscado. Indicó que el marco legal de la Corte prevé una oportunidad procesal para presentar el tipo de impugnaciones que se había introducido por Venezuela y, por tanto, no existe una laguna en la legislación aplicable. La Sala señaló que la disposición pertinente es el artículo 18 del Estatuto, aunque para que esta disposición esté disponible el Fiscal debe determinar que existe una base para proceder con una investigación. Debido a que esa determinación aún no se había anunciado, la Sala concluyó que la solicitud de Venezuela era prematura y lo rechazó in limine”, dice la resolución.
 
En este sentido, Venezuela tendrá hasta el 21 de este mes para presentar sus alegatos, mientras que la Fiscalía de la CPI dará a conocer el próximo 23 de julio su decisión sobre la admisibilidad de la investigación sobre la supuesta comisión de crímenes de lesa humanidad en el país durante los sucesos de 2017, promovidos por la oposición.
 
El documento fue firmado por los jueces Péter Kovács, Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou y María del Socorro Flores Liera.
 

En días recientes el fiscal general de la República, Tarek William Saab, informó que la Sala de Cuestiones Preliminares del tribunal internacional certificó las “buenas acciones” de Venezuela en el marco del examen preliminar de Derechos Humanos.

En esta línea, el Ministerio Público, manifestó en un comunicado lo siguiente: “La Sala sin entrar a conocer el fondo de la materia pone de manifiesto varios aspectos fundamentales: destaca la incuestionable colaboración tan fructífera de Venezuela con la Fiscalía en el examen preliminar y compele a esta (la Fiscalía) a mantener un diálogo constructivo con el país en el marco del principio de complementariedad durante el examen preliminar y más allá, según el caso”. 
 
(LaIguana.TV)