El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) recordó este martes que el venidero 31 de enero vence el plazo para que personas naturales y jurídicas declaren el Impuesto Sobre la Renta (ISRL).

Aunque el organismo habitualmente despliega operativos para procesar y recibir declaraciones, la mayor parte de los interesados elige hacerlo en línea, pues a diferencia de las taquillas presenciales, la plataforma funciona 24 horas de lunes a domingo.

Si no recuerda cómo declarar el ISRL en línea o es la primera vez que se enfrenta al proceso, acá le indicamos paso a paso lo que debe hacer.

1. Ingrese al portal del Seniat www.seniat.gob.ve

2. Según corresponda, seleccione la opción Persona Natural o Jurídica.

3. Introduzca su nombre de usuario y clave para ingresar al sistema. Si aún no se ha registrado, escoja la opción «Regístrese» y complete la información que se le solicite para obtener un nombre de usuario y una contraseña.

4. Una vez dentro del sistema, revise el menú principal y seleccione Procesos tributarios / Declaración Islr / Definitiva.

5. Complete el formulario, introduciendo los montos en las casillas correspondientes.

Si es una persona natural, es útil que antes de iniciar el proceso tenga a mano datos clave como el total de ingresos que percibió el año previo. Recuerde que puede elegir entre un desgravamen único y desgravámenes por sectores. Si opta por esta última opción, no olvide que debe contar con los correspondientes soportes.

6. Verifique el formulario y compruebe que la información suministrada es correcta.

7. Pulse el botón «Declarar». El sistema lo dirigirá a una ventana con el comprobante electrónico de su declaración que, si lo desea, podrá descargar en formato PDF.

7. Si es contribuyente, el sistema le indicará qué debe hacer para realizar el pago. Muchos bancos nacionales disponen de módulos específicos para el pago del ISRL en sus plataformas electrónicas.

8. Si quiere ver o descargar su declaración en formato PDF, debe seleccionar la opción en el menú principal.

Sanciones contra propietarios de locales

Las personas jurídicas propietarias de establecimientos podrían ser objeto de sanciones y multas si suministran información errónea o insuficiente, si prescinden de la declaración y pago del ISLR e incluso si lo hacen fuera del lapso previsto (entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año).

Así, el Seniat advierte que aquellas personas que no presenten su declaración correspondiente al más reciente ejercicio fiscal, tendrán que pagar al fisco el equivalente a 150 veces el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela correspondiente a la moneda de mayor valor.

En la misma línea, quienes se retrasen hasta un año en declarar el ISRL o, en su defecto, presenten una declaración incompleta, estarán obligados a pagar una multa en bolívares equivalente a 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor para la fecha en la que les sea impuesta la sanción.

Aquellos propietarios que se retrasen más de un año en declarar el ISRL de un determinado ejercicio fiscal, se exponen al cierre de su establecimiento por 10 días y al pago de una multa en bolívares equivalente a 150 veces el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela correspondiente a la moneda de mayor valor.

Finalmente, las personas jurídicas que sustituyan más de una vez su declaración de ISRL estarán obligadas a pagar una multa en bolívares equivalente a 50 veces el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela correspondiente a la moneda de mayor valor.

(LaIguana.TV)