La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró con lugar la demanda de contenido patrimonial por incumplimiento de contrato interpuesta por el Metro de Caracas contra la Constructora Odebrecht S.A. y la sociedad de comercio Seguros Caroní S.A. 

De acuerdo con la sentencia N°. 930 publicada por la magistrada Bárbara Gabriela César Siero, de fecha 19 de octubre de este año, se obliga a la compañía internacional a reintegrar los montos del anticipo entregados y no amortizados, mientras que a la aseguradora se le exige pagar por concepto de ejecución de las fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento. 

El objetivo del contrato, refiere el documento, era la construcción de 2.400 viviendas a edificarse en un terreno ubicado en Mariche, carretera nacional Petare-Santa Lucía, sector Las Tapias, municipio Sucre del estado Miranda. 

En la sentencia también se detalla que la sociedad de comercio Seguros Caroní S.A. fungió como fiadora de Odebrecht. 

Los montos que debería cancelar Odebrecht, según la sentencia, son los siguientes: 

-Bs. 418.036.988,34, monto establecido en el 2016. 

-$38.303.068. 

Por su parte, Seguros Caroní S.A. debe pagar estos montos: 

-Bs. 418.036.988,34, monto establecido en el 2016. 

-$38.303.068,84. 

-Bs. 281.550.000,00, monto establecido en el 2012. 

-$25.350.000,00. 

(LaIguana.TV)