Las constantes denuncias de pacientes sobre el cobro excesivo y en moneda extranjera por parte de los dueños de clínicas privadas originaron que el Ministerio del Comercio Nacional y la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos de Venezuela (Sundde) aplicaran sanciones contra la administración de varios centros de salud de este tipo.

 

El Ministerio de Comercio Nacional informó en un comunicado que la medida se tomó luego que las varias clínicas violaran la Ley Orgánica de Precios Justos, razón por la cual se tomó la medida de imponerles multas de 20% según el cálculo sobre el valor de los ingresos netos anuales.

 

En las sanciones están involucradas varias clínicas, policlínicas, hospitales, centros médicos, laboratorios y servicios conexos, describe el despacho.

 

Los centros de salud privados tenían la obligación de presentar entre el 13 y 18 de junio de 2019, la estructura tarifaria vigente de los procedimientos clínicos, así como el listado de procedimientos quirúrgicos y servicios médicos.

 

La Sundde en su resolución detalla que el procedimiento se efectuó «con el propósito de garantizar la salud como derecho humano reconocido a todas las personas, en cuya garantía concurren corresponsablemente las instituciones públicas y las empresas privadas autorizadas por el Estado para gestionar este tipo de servicios».

 

Además, agrega que «ante las conductas desviadas y prácticas económicas depredatorias en la que puedan incurrir en ejercicio de su actividad, la Sundde garantiza a los ciudadanos y ciudadanas su acceso a los servicios médicos prestados por las instituciones, tal como está consagrado en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».

 

Parte de la resolución de la Sundde:

 

“Se ordena IMPONER contra los sujetos de aplicación de los centros de salud privados que fueron notificados el día 07 de junio de 2019, las siguientes sanciones:

 

A) los que no hayan consignado la información requerida de los procedimientos y costos de salud, serán multados por las infracciones contenidas en el artículo 46 numerales 11 y 15.

 

B) aquellos sujetos de centros de salud que hayan vulnerado los derechos individuales serán MULTADOS por el VEINTE POR CIENTO (20%.) calculada sobre el valor de los ingresos netos anuales del infractor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 numerales 2,7,11, determinado en el primer aparte del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos en concordancia con el artículo 77, según procedimiento iniciado y notificado en la fecha 07/ 06/2019″.

 

«Los centros de salud privada que pudieran estar incurso en la comisión de los delitos de CONDICIONAMIENTO y USURA, serán sancionados conforme a lo establecido en los artículos 56 y 58 de la misma Ley”, agrega la resolución de la Sundde.

 

(LaIguana.TV)