El Principio de Responsabilidad de Proteger (R2P, por sus siglas en inglés), que recientemente el autoproclamado “presidente interino” de Venezuela, Juan Guaidó, pidió aplicar en el país suramericano, expresa la responsabilidad que tienen los Estados miembros de las Naciones Unidas en la Cumbre Mundial de 2005 “de proteger a las personas frente a cuatro tipos de crímenes: genocidio, crimen de guerra, limpieza étnica y crimen de lesa humanidad”.

El R2P surgió en la Resolución Final de la Cumbre Mundial de la ONU de 2005 (A/RES/60/1), y el mencionado deber de los Estados está enunciando en los parágrafos 138 y 139 de la resolución. “La aprobación de este principio constituyó un compromiso firme que despertó grandes expectativas sobre un futuro libre de este tipo de crímenes”, menciona la ONU.

La responsabilidad de proteger se basa en tres pilares igual de importantes: la responsabilidad de cada Estado de proteger a sus poblaciones (primer pilar); la responsabilidad de la comunidad internacional de ayudar a los Estados a proteger a sus poblaciones (segundo pilar); y la responsabilidad de la comunidad internacional de proteger a las poblaciones de un Estado cuando es evidente que este no logra hacerlo (tercer pilar)”, agrega el organismo internacional.

Cabe destacar que para solicitar la activación del RP2, Guaidó se basó en el informe emitido por el Grupo de Lima sobre supuestas violaciones de derechos humanos en Venezuela, el cual fue desmontado por las autoridades venezolanas con la presentación del documento titulado “Informe: La Verdad de Venezuela”.

“Hoy les pido a todos los representantes de Estados Miembros que asuman la responsabilidad de asistir al Gobierno legítimo de Venezuela en su misión de proteger al pueblo venezolano, y considerar una estrategia que contemple escenarios luego de agotada la vía diplomática. Ha llegado el momento de acciones oportunas y decisivas”, señaló el opositor en el falso live de la ONU.

(LaIguana.TV)