Un anteproyecto jurídico, denominado Ley Trans, aprobado por el Consejo de Ministros del gobierno de España este mismo martes 29 de junio, prevé en uno de sus apartados la modificación de varios artículos del Código Civil, con el objetivo de utilizar la palabra “progenitores” en lugar de “padre” y “madre”.

El texto además contempla que, en el caso de que se haga referencia al padre o a la madre de forma individual, deberá nombrárseles como “madre o progenitor gestante” o “padre o progenitor no gestante”.

También está prevista la modificación de una serie de artículos, como el relacionado con la obligación de los padres de proveer de alimentos a los hijos. En este caso, tras la aprobación de la referida Ley en el Parlamento español, quedará establecida que la obligación recae en “ambos progenitores” y no en “el padre y la madre”.

En el caso del apellido que llevará la niña o el niño, este, de acuerdo a la nueva norma, será elegido de común acuerdo por “los progenitores” y no por “el padre y la madre”.

Esta reforma se efectúa con el fin de incluir en el ámbito legal a todas las realidades familiares, en este caso las familias formadas por parejas del mismo sexo, por personas trans o por personas no binarias.

(LaIguana.TV)