Para la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia no existen razones que le hagan anular la condena de 29 años de prisión impuesta a Ángel Moisés Mosquera Werner, acusado de asesinar a su pareja lanzándola de un piso 11.

Tal decisión se refleja en la sentencia 402 del 25 de noviembre pasado, redactada por el magistrado Maikel Moreno con el respaldo de sus demás colegas; es decir, Elsa Gómez y Carmen Marisela Castro.

En esa sentencia está el relato de cómo murió Sheila Yarivette Silva Jiménez (38), hecho por el cual fue llevado a juicio su pareja Ángel Moisés Mosquera Werner.

Ambos vivían en el urbanismo de la Misión Vivienda ‘’Hugo Chávez’’, ubicado en Longaray, El Valle, Caracas, a pocos metros de la Alcabala 2 de Fuerte Tiuna. Sheila trabajaba en la alcaldía de Caracas y en razón de ello coordinada el programa Madres de la Patria en el sector donde residía.

Surgió una separación entre la pareja porque Sheila le reclamó al hombre una conducta infiel. Desde ese reclamo, el hombre abandonó el hogar. Pero, regresó el 22 de octubre de 2017 y sostuvieron una prolongada discusión que terminó cuando el hombre lanzó a la mujer desde el piso 11 de la torre 2.  El protocolo de autopsia señala que Sheila murió por ‘’fractura de la primera vértebra cervical con sección medular por politraumatismo por caída de altura’’.

Tras ocurrir el hecho, el hombre intentó huir, pero fue retenido por los vecinos quienes lo entregaron al Cicpc.

La investigación del Ministerio Público concluyó que el hombre ‘’asumió una conducta agresiva y violenta, al verse descubierto en su infidelidad, y partiendo de un comportamiento fundado en una relación de subordinación basadas en el género, y actuando bajo condiciones de odio y desprecio a la condición de mujer de la que era su pareja actual…’’.

Afincado en esos argumentos, al sujeto le imputaron el delito de femicidio agravado durante la audiencia de presentación celebrada el 24 de octubre de 2017 ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas. A partir de allí quedó privado de libertad.

En diciembre de ese año 2017, la fiscal Nazareth Carolina Landaeta Polidor, solicitó abrir un juicio contra Ángel Moisés Mosquera Werner, planteamiento que fu acordado por el Tribunal Tercero de Control de Caracas.

Ese juicio transcurrió entre el 10 de septiembre de 2018 y culminó el 4 de abril de 2019, al término del cual el Juzgado Primero de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer decretó condena de 29 años de prisión para Mosquera Werner. 

Ghengis Alejandro Mosquera Werner, abogado defensor del procesado, objetó en varias ocasiones el acta de imposición de la condena porque según él no estaba la firma del representante del Ministerio Público. Tal situación fue apelada por el abogado quien se negaba a ser informado oficialmente de la condena impuesta a su cliente. 

Para garantizarle sus derechos, la Corte de Apelaciones, le ordenó al Tribunal Primero de Juicio «disponga y realice la respectiva imposición de la sentencia condenatoria al ciudadano Ángel Moisés Mosquera Werner (…) a fin de garantizar el ejercicio del derecho a la defensa, el debido proceso y la tutela judicial efectiva».

En atención a esa orden, el referido Tribunal realizó la imposición de la condena el 8 de julio pasado. El abogado del procesado insistió en que esa acta estaba mal redactada por carecer de la firma de la Fiscal. Y con ese argumento acudió a la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia.

Los magistrados analizaron todo el proceso y concluyeron que lo planteado por la defensa del condenado no califica para interponer un recurso de casación como el consignado por Mosqueda Werner.

En ese sentido, declaró inadmisible el recurso, manteniendo firme la condena impuesta al sujeto.

Por otra parte, la Sala instó al abogado Ghengis Alejandro Mosquera Werner, «a ser más cuidadoso en la proposición de las solicitudes que formule ante este Alto Tribunal, las cuales deben estar fundamentadas y con estricto apego a la normativa legal correspondiente».

(Eligio Rojas / LaIguana.TV)