El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) dio a conocer la actualización de las disposiciones que regulan la Operación de Aeronaves Privadas Extranjeras en Venezuela, las cuales quedaron establecidas en la Gaceta Oficial Nº 42.823, de fecha 21 de febrero de 2024.

De esta forma, este nuevo instrumento legal deroga la Providencia Administrativa publicada en la Gaceta Oficial N° 41.185, del 3 de julio de 2017.

En la nueva normativa se añaden cuatro permisos operacionales con períodos de validez: 7, 15, 30 y 180 días. A su vez, se mantienen los permisos por 90 días y 12 meses.

¿Qué pueden hacer las aeronaves con cada uno de estos permisos?

Permiso de 7 días:

Las aeronaves privadas extranjeras pueden entrar y permanecer en el país por ese tiempo, pero están limitadas a 2 autorizaciones no consecutivas ni acumulables por mes y a 6 por cada año. Es el único permiso que se puede tramitar vía correo electrónico. 

Permiso de 15 días

Este le permite a las aeronaves privadas extranjeras entrar y permanecer en Venezuela durante ese tiempo, así como también realizar vuelos nacionales entre aeropuertos controlados en el país.

Permiso de 30, 90 y 180 días   

La aeronave de matrícula extranjera podrá ingresar y permanecer en la nación por 30, 90 o 180 días. Tienen la autorización para efectuar vuelos domésticos entre aeropuertos controlados dentro del país.

Todos los trámites, exceptuando el de los 7 días, deben ser solicitados personalmente ante el INAC, ya sea por el propietario de la aeronave, un operador legítimo de la aeronave privada extranjera o a través del apoderado, mediante un poder notariado y apostillado, este último si es otorgado en el exterior.

Vuelos a Los Roques y  Canaima

En esta nueva disposición se establece que las aeronaves privadas de matrícula extranjera ahora sí podrán realizar vuelos a zonas como Canaima y Los Roques. Sin embargo, se mantiene la restricción hacia la isla La Tortuga. 

Tarifas

Las tarifas para los permisos operacionales de 15, 30 y 180 días son de USD$ 120, USD$ 230 y USD$ 900, respectivamente.

Sin embargo, hubo una reducción considerable en la tarifa aplicable al permiso operacional de un año, que fue reducida de USD$ 25.000, establecida en la regulación derogada, a USD$ 1.860 en la nueva regulación. 

La tarifa de renovación también fue reducida. Pasó de USD$ 35.000 a USD$ 1.422, aproximadamente.

De igual forma pasó con el permiso operacional de 90 días, se ajustó de los USD$ 5.000 a USD$ 450.

También se establece un «período de gracia», el cual no existía en la regulación anterior. Ahora, los propietarios u operadores de aeronaves de Aviación General con matrícula extranjera podrán extender el permiso operacional concedido hasta por tres (3) días adicionales una vez expirado el anterior. El solicitante deberá cancelar una tarifa de USD$80,00, por cada día de prórroga, hasta un máximo de tres. 

(LaIguana.TV)


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