El presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), Gabriel Aguana, informó que durante la presente temporada de Carnaval se están aplicando restricciones para la circulación de vehículos de carga pesada, solo está permitido el transporte de medicinas, alimentos y combustible. El resto de los sectores volverá a circular normalmente a partir del miércoles 14 de febrero. 

Asimismo, ofreció detalles sobre las tres resoluciones conjuntas de los Ministerios para el Transporte y para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, que se están aplicando en esta temporada para supervisar el transporte de carga y de personas. 

Resolución 0199-089: Establece los lineamientos para la habilitación de unidades de transporte terrestre público y privado de personas para prestar servicio fuera de su ruta asignada. Explicó que los conductores deben tener un permiso del INTT que los autoriza, previa revisión técnico-mecánica y de las condiciones de higiene y confort para prestar un buen servicio a los usuarios. 

Resolución 0088-0190: Establece el límite máximo de velocidad permitida de 45 km/h, así como el estricto uso del canal derecho, para los vehículos de carga con peso bruto vehicular igual o superior a los 3 mil 500 kilos en el tramo vial correspondiente a las troncales, carreteras panamericanas, autopistas, avenidas y vías urbanas.

Resolución 004-002: Establece los límites de velocidad máxima permitida para los vehículos a motor, minibuses y autobuses de uso público y privado en las vías públicas, a saber:

Autopistas 70 km/h.

Troncales 60 km/h.

Zonas urbanas 40 km/h.

Intersecciones 15 km/h.

Aguana indicó que durante el dispositivo Carnavales Felices y Seguros 2024, el INTT tiene activos a 2 mil 500 funcionarios en las principales arterias viales del país. 

(LaIguana.TV)


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