La Responsabilidad para Proteger, conocida por la peculiar sigla R2P, es otra de las amenazas de intervención violenta que se cierne sobre Venezuela, invocada por la ultraderecha desde 2018 y apoyada en las últimas semanas por el informe del llamado «grupo de expertos independientes» sobre la situación de los derechos humanos en el país.  La abogada constitucionalista Ana Cristina Bracho afirma que dicha doctrina ha consistido hasta ahora en “estrangular a los países con la excusa de salvarlos de la asfixia”.

Bracho, egresada de la Universidad del Zulia y con posgrado en la Universidad de Caen, Baja Normandía, Francia, afirma además que l patrón seguido hasta ahora es aplicar la R2P únicamente a países del sur y petroleros.

-¿En qué consiste la Responsabilidad para Proteger o R2P? ¿No es una doctrina antitética del principio de autodeterminación de los pueblos que había venido rigiendo las relaciones internacionales, al menos en la letra de los tratados, a partir de la Segunda Guerra Mundial?

-Empecemos por ubicarnos en el tiempo. La Responsabilidad para Proteger es un concepto que nace en los años 90, en el contexto del fracaso del sistema de las Naciones Unidas para evitar los conflictos y lograr la paz. El genocidio de Ruanda deja en evidencia que la ONU no fue capaz de prevenir las graves perturbaciones que se producen en la esfera internacional y, en específico, no estaba dotada de instrumentos para prevenir las acciones nacionales que significan violaciones masivas de los derechos humanos. Es un discurso que a partir del año 2000 y 2001 va a trabajar mucho el secretario general Kofi Annan para encontrar una manera de romper las tradicionales limitaciones del Derecho Internacional. Recordemos que el Derecho Internacional está basado en el consenso de los Estados, en la soberanía. Cada Estado determina hasta dónde permite que otro entre en su dimensión de poder. La doctrina de la Responsabilidad para Proteger dice que hay un límite para la soberanía de los Estados cuando la comunidad internacional señala alguno de los delitos contemplados: genocidio, crímenes de guerra, limpieza étnica y crímenes de lesa humanidad. Si un país está cometiendo esos delitos, su soberanía se limita y la de los otros países se amplía, dando lugar a un proceso de intervención que tiene varias fases. Primero se presiona al país mediante llamados, informes y advertencias; luego siguen las sanciones de acuerdo al capítulo 4 de la Carta de la ONU; y al final se pasa la intervención, que debe ser seguida de la reconstrucción. Es un concepto altamente criticado porque rompe las bases sobre las que los Estados estuvieron de acuerdo para ir a un sistema internacional. En segundo lugar, cuando ha sido aplicado, nunca ha terminado en la fase de reconstrucción. Tercero, rompe el principio de que el Estado tiene la capacidad de autodeterminarse, de autocorregirse, de proveer mecanismos para garantizar los derechos de sus ciudadanos y ciudadanas. Por otro lado, los países donde ha sido aplicada, tienen características comunes: del sur y petroleros. El primer país donde se hizo abiertamente, Sudán, terminó partido en dos. No se ha aplicado en otros conflictos en los que se ha solicitado porque no se trata de países con esas riquezas estratégicas o porque los gobiernos están aliados con potencias. Es un mecanismo que depende de quién tenga la opinión pública favorable y la opinión diplomática, de la comunidad internacional. Hay una frase que se utiliza en doctrina y es muy clara: la Responsabilidad para Proteger es una falacia porque significa  salvar de la asfixia estrangulando. Si tenemos un país que sufre problemas de derechos humanos, donde hay crímenes de lesa humanidad y de guerra, limpieza étnica o genocidio, no es por la vía militar y armada que la situación va a mejorar. Las guerras son, en sí mismas, procesos masivos de violación de derechos humanos, de colapso de las prerrogativas ciudadanas. Entonces, allí entra ese juego: ¿es una vía para restituir derechos humanos o una vía neocolonial de redistribución del tablero internacional?

-¿Cumple Venezuela con alguno de estas premisas? Me gustaría que pusieras tu respuesta en el contexto de este informe de los expertos de la ONU en el que se habla de crímenes de lesa humanidad y violaciones sistemáticas a los derechos humanos.

-Lo que pasa es que la Responsabilidad para Proteger es un camino excepcional que se va a basar en la construcción de varios consensos. Algunos nos van a decir que si queremos ver cuál es el camino en Venezuela de esta doctrina, nos tenemos que ubicar a partir de 2018. Ese año, a través de la noción de la crisis de refugiados, de los informes de ACNUR, de las manifestaciones de los países receptores señalando que la migración venezolana era un problema para ellos, comienza la subida del tono sobre la situación de Venezuela. Eso que comienza como una crisis migratoria llega en 2018 a forjar el imaginario de Venezuela como crisis humanitaria, adquiriendo así otra connotación porque una crisis humanitaria solo puede ser producto de una guerra, una catástrofe o una violación sistemática de derechos humanos. Ese concepto va a ir haciendo camino hasta llegar al Consejo de Seguridad de la ONU, que ya ha debatido varias veces, sobre todo en 2019, respecto a Venezuela. El Consejo de Seguridad es la vía para la aplicación del Capítulo 4 de la Carta de la ONU. No han logrado aprobar una resolución debido al mecanismo de veto con el que opera el sistema de la ONU, y entonces toma fuerza la idea de que tal vez esa no es la vía idónea, dado que Venezuela cuenta con aliados con poder de veto. Por eso buscan abrir esa puerta que es la Responsabilidad para Proteger, que dice que si el sistema no contesta, se puede usar la soberanía de los países que señalan para intervenir en el país señalado. Por eso en 2020 vemos dos acciones. La primera es la de los informes de Michelle Bachelet, que actúa por mandato del Consejo de Derechos Humanos para venir e investigar, hecho justamente a raíz del pico de denuncias de 2019. Por eso vino y por eso hace constantemente actualizaciones. Esa vía, que ya señala que en Venezuela hay una serie de problemas de derechos humanos, se complementa por esta otra, del informe de los «expertos independientes», como ellos los denominan que ya, directamente, da las características-marco para ejecutar luego acciones como las que se hicieron respecto a Libia. En ese país se abrió un proceso ante la Corte Penal Internacional, que ordenó la detención de Muamar Gadafi y, de manera paralela, se aplicó la Responsabilidad para Proteger y se pasó a la denominada «invasión humanitaria». Hay que tener en cuenta que Libia, con esas medidas, no mejoró en derechos humanos y no ha visto un proceso de reconstrucción y hoy, sobre todo con el fenómeno de la esclavitud, enfrenta la peor crisis de derechos humanos de la región africana. En ese punto vemos por qué los informes son importantes porque son las vías de legitimación de la actuación posterior. Operan como medios probatorios oficiales, neutrales, de terceros para declarar una situación tan grave que debe romperse el derecho para restituir los derechos, es decir, salvar de la asfixia estrangulando. Esos informes contribuyen a crear ese clima, igual como lo hace la existencia del Grupo de Lima. Esa es una técnica que hoy en día se usa mucho. En relaciones internacionales se ve mal que un país grande y poderoso persiga a un país pequeño, como es el caso de Venezuela frente a EEUU. Entonces se buscan países aliados para llevar una voz que diga que no es un problema con EEUU, sino con la región y que invoque la solidaridad en el derecho internacional. En ese punto también se apela a hechos que parecen curiosos, como aquellas escenas de Angelina Jolie en la frontera colombo-venezolana, en labores humanitarias. En Sudán, ese papel lo hizo George Clooney. Eso lo hacen porque la Responsabilidad para Proteger es un asunto de consenso, de que la humanidad siente que es justo y necesario intervenir. Se apela a la opinión pública con gente como esos grandes actores, que están en el imaginario popular como buenos, exitosos y nobles y por eso siempre juegan en este tablero.

R2P y traición a la patria

-Cuando la doctrina de Responsabilidad para Proteger es invocada por un nacional del país, ¿en qué medida, en el caso de Venezuela, viola la Constitución Nacional y otras leyes internas? ¿Quien lo hace puede ser enjuiciado por traición a la Patria?

-La responsabilidad penal en Venezuela depende de los pronunciamientos de los tribunales a petición del Ministerio Público. Por ende, cualquier caso debe ser estudiado debidamente. En una visión de si es compatible con la Constitución una actuación que busca colaborar con quienes se han declarado nuestros enemigos y que propicia la guerra, tenemos que recordar que el artículo 1 de la Constitución señala que Venezuela es un país irrevocablemente libre. Tenemos una Constitución que tiene un montón de derechos y muy poquitos deberes, y uno de ellos es la preservación de la independencia y la protección de la Patria. En el Código Penal, las posturas de quienes colaboran con situaciones de guerra, se cataloga como delito. En cada caso individual dependerá de las actuaciones de la persona. Es un hecho público que desde la sociedad civil y desde las organizaciones sociales, el Ministerio Público ha sido exhortado varias veces a pronunciarse y a realizar las acciones correspondientes.

-Venezuela ha respondido con otro informe para rebatir el del llamado «grupo de expertos». ¿Es una estrategia correcta? ¿Habría que hacer algo más?

-Debemos saber que los derechos humanos son un concepto muy particular. Para los ciudadanos, lo fundamental son las prerrogativas. En el mundo del Derecho Internacional, lo fundamental son las obligaciones. En el informe de Venezuela se declara que el país está cumpliendo sus obligaciones, que son, en primer lugar, la prevención; en segundo lugar, evitar que se violenten los derechos; y, en tercer lugar, investigar, castigar y sancionar a quienes cometan delitos contra los derechos humanos. En el informe se señala que el Estado ha cumplido su obligación de investigar y sancionar. Adicionalmente, niega las condiciones sistemáticas de tortura que denuncia el informe de los «expertos», y para ello incorpora elementos audiovisuales y otros elementos probatorios. Es importante esa respuesta porque el debate debe darse, Venezuela debe defenderse. En la medida en que el informe de respuesta tenga un eco en el secretario general, a quien ya fue oficialmente presentado, y se incorporen a los eventuales procesos administrativos y judiciales en el espacio internacional, van a tener mayor importancia.

El dedo en el mapa

-Si la comunidad internacional concluyera que Venezuela es susceptible de la Responsabilidad para Proteger, ¿cómo quedarían países como Colombia, donde las violaciones a los derechos humanos son tan flagrantes?

-Esa es una de las grandes críticas a estas instituciones. Tomemos en cuenta que si nos preguntamos quién es el mayor violador de los derechos humanos en el mundo, vamos a encontrar un problema para determinarlo: los derechos humanos tienen un núcleo duro que se defiende porque todos los países están obligados a defenderlo en función de los tratados que hayan ratificado. Si vemos quiénes han ratificado esos tratados, son sobre todo países del sur porque somos naciones jóvenes o porque nos condicionan la firma a la ayuda internacional, los préstamos, la inclusión en los espacios del desarrollo. Por eso, desde el punto de vista formal, el sur siempre va a aparecer como violando más derechos humanos que el norte, que no suscribe los tratados y, por tanto, jurídicamente tiene menos obligaciones. En el caso de la Responsabilidad para Proteger nace como un proceso de opinión pública y eso equivale a que se tome al mundo, se señale con un dedo y se le diga a la gente: «miren todos hacia este lugar». Eso no significa que las violaciones no estén ocurriendo en otros espacios. Serge Halimi, editor de Le Monde Diplomatique, hace ya un par de años, estudiando la guerra de Kosovo, nos explicaba que todo comienza con el acto de poner las cámaras en ese sitio, porque así muestran una realidad y ocultan otras. Cuando vamos al gran mapa a ver la situación de derechos humanos en 2020, tenemos la segunda crisis migratoria más grave desde la Segunda Guerra Mundial, caracterizada porque la población migrante es recibida en el Mediterráneo y en Estados Unidos en condiciones genocidas, con prácticas incluso como la esterilización forzada, y todo moviéndose en el contexto de la pandemia. El mundo está muy mal en derechos humanos. Y tenemos situaciones como la del ejemplo de Colombia, que tiene abierta una evaluación ante la Corte Penal Internacional desde 2005, relacionada con los falsos positivos y de Uribe; tiene un fracasado proceso de paz que lleva a una práctica permanente de masacres de pueblos enteros… pero el dedo que señala el mapa no está sobre Colombia. Por eso decimos que la Responsabilidad para Proteger mira hacia donde hay petróleo. En el mundo hubo una gran indignación por el caso de los normalistas de México, fue un caso que conmovió a la opinión pública mundial, pero la situación de México no es vista desde la óptica de la Responsabilidad para Proteger, sino que se le dice al Estado mexicano que debe resolver, meter presa a la gente que hizo eso. La soberanía y la legalidad de México son respetadas. En Venezuela, además del tema geopolítico y estratégico, este discurso tomó fuerza en la oposición a partir de 2018, apoyándose en lo que venía diciendo desde hace años que Venezuela es el país de la impunidad, sin derechos humanos, con crisis humanitaria. Si vemos la prensa, en Colombia hay problemas y masacres, mientras en Venezuela hay crisis humanitaria, que es otro nivel, algo que se debe detener cueste lo que cueste, incluso si el pueblo no cree que haya tal crisis y no quiere cambiar.

(Clodovaldo Hernández / LaIguana.TV)